Base legal
Art. 694, Código Fiscal
Solo se grava la renta de fuente panameña
Panamá aplica el principio de territorialidad: el impuesto recae sobre la renta producida dentro del territorio nacional. Las ganancias de operaciones que se perfeccionan, consumen o surten efecto en el exterior no causan ISR en Panamá, aunque deben estar documentadas y registradas.